Con ocho votos a favor, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad de los decretos 500 y 505 con los que Daniel Noboa encargó la Presidencia a Cynthia Gellibert, quien se desempeña como secretaria de Administración Pública.
La sesión se llevó a cabo el 23 de enero, pero la sentencia se emitió este 3 de febrero, es decir, once días después.
“Inciden directamente en las reglas constitucionales de reemplazo del cargo de presidente ante su ausencia temporal y tienen una repercusión nacional y consecuencias que pueden ser normativas y/o administrativas”, se indicó en el escrito.
En la sentencia, el organismo aseguró que la acción contradice lo establecido en el artículo 146 de la Constitución, porque no existe una figura de entregar el cargo a través de un decreto ejecutivo.
Sobre la figura de fuerza mayor que usó Noboa para realizar campaña política durante los fines de semana, la Corte determinó que esta causal no se configura con solo emitir un decreto sino que depende de la “ocurrencia de cuestiones de hecho que imposibiliten temporalmente a la autoridad para ejercer su cargo”
Si bien es cierto, los decretos ya perdieron vigencia, el organismo aseguró que tiene la facultad para pronunciarse. Sin embargo, los magistrados no aplicaron ninguna sanción o medida de reparación por la emisión de estas disposiciones.
Ante una posible infracción electoral, la Corte aseguró que no está en su competencia pronunciarse, y más bien, es la tarea del Tribunal contenciosos Electoral (TCE).