Con 84 votos a favor, el pleno de la Asamblea Nacional aprobó el martes 24 de junio el informe para segundo debate de la Ley Orgánica de Integridad Pública, la tercera iniciativa económica urgente enviada por el Gobierno del presidente Daniel Noboa.
La normativa, que introduce más de 20 reformas legales, trasciende su objetivo inicial de reestructurar el Sistema Nacional de Contratación Pública y plantea cambios sustanciales en áreas clave como justicia penal, protección de la niñez y control estatal.
La nueva ley modifica cuerpos legales como el Código de la Niñez y Adolescencia, el Código Orgánico Integral Penal (COIP), el Código de la Función Judicial, el Código Orgánico Monetario y Financiero, así como la Ley de Transporte Terrestre, la Ley de Movilidad Humana, la Ley de la Contraloría General del Estado, la recién aprobada Ley de Solidaridad Nacional, entre otros.
Uno de los puntos más sensibles del proyecto es el endurecimiento de sanciones para adolescentes involucrados en delitos graves, especialmente aquellos vinculados con el crimen organizado. En este contexto, se reforman artículos clave del Código de la Niñez y Adolescencia para fortalecer las medidas socioeducativas, privilegiando la protección a las víctimas y la rehabilitación de los infractores.
Entre las nuevas sanciones para los adolescentes infractores están:
- Delitos con pena de 1 mes a 3 años: medidas como amonestación, orientación familiar, trabajo comunitario, libertad asistida o internamiento domiciliario.
- Delitos de 3 a 5 años: internamiento institucional entre 1 y 2 años.
- Delitos de 5 a 10 años: internamiento entre 3 y 5 años.
- Delitos con penas superiores a 10 años: internamiento entre 10 y 12 años.
- Delitos tipificados en el artículo 139.1 y conexos (relacionados al crimen organizado): internamiento entre 12 y 15 años, sin acceso a regímenes semiabiertos o abiertos. Se prevé una evaluación integral seis meses antes del cumplimiento de la pena para determinar la necesidad de seguimiento adicional de hasta dos años.
Asimismo, con la reforma al artículo 388 se establecería que los adolescentes que cumplan la mayoría de edad mientras cumplen su medida, permanecerán en secciones especiales dentro de los centros para infractores. En caso de conflicto armado interno o delitos específicos, las sanciones se cumplirán en centros de privación de libertad ordinarios.
Otro cambio significativo es el aumento del internamiento preventivo, que pasa de 90 a 180 días, y hasta un año en casos de delitos con penas superiores a 10 años.
Por su parte, la modificación del artículo 342 del COIP permite al fiscal realizar investigaciones previas sobre adolescentes involucrados en hechos delictivos antes del inicio formal de la instrucción fiscal. El proceso no deberá exceder el año.
El proyecto fue enviado al presidente. En caso de no existir observaciones la ley se publicará automáticamente.
